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POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S., con base en la naturaleza de sus riesgos, se compromete con la protección y promoción de la salud de los trabajadores, procurando su integridad física mediante el control de los riesgos, el mejoramiento continuo de los procesos y la protección del medio ambiente. Todos los niveles de la dirección asumen la responsabilidad de promover un ambiente de trabajo sano y seguro, cumpliendo los requisitos legales aplicables, vinculando a las partes interesadas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el trabajo y destinando los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la gestión de la salud y la seguridad.

Los programas desarrollados en TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S., estarán orientados al fomento de una cultura preventiva y del auto cuidado, a la intervención de las condiciones de trabajo que puedan causar accidentes o enfermedades laborales, al control del ausentismo y a la preparación para emergencias. Todos los empleados, contratistas y temporales tendrán la responsabilidad de cumplir con las normas y procedimientos de seguridad, con el fin de realizar un trabajo seguro y productivo. Igualmente serán responsables de notificar oportunamente todas aquellas condiciones que puedan generar consecuencias y contingencias para los empleados y la organización.

Esta Política publíquese, comuníquese y cúmplase con empleados, visitantes, contratistas, subcontratistas, clientes y demás partes interesadas.

TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S.

NIT 800.059.139-1

Representante Legal.

Fecha: Abril de 2019

POLÍTICA PARA LA PREVENCIÓN DE CONSUMO DE TABACO, ALCOHOL Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S., ha definido y establecido la presente Política con el fin de prevenir entre sus colaboradores, proveedores, contratistas y subcontratistas, el consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas (incluyendo drogas ilegales, inhalantes, drogas legales no prescritas medicamente o usadas por fuera de prescripción médica) para preservar su salud, seguridad y bienestar, previniendo riesgo para su integridad y productividad.Para su cumplimiento se dispone a:
  • Prohibir el consumo del alcohol y sustancias psicoactivas durante la jornada laboral y en todos los lugares de trabajo.
  • Prohíbe presentarse al cumplimiento de sus actividades, funciones y/o tareas en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o alucinógenas.
  • Prohíbe la venta o tenencia de alcohol y sustancias psicoactivas durante la jornada laboral y en todos los lugares de trabajo.
  • La compañía podrá realizar pruebas de alcohol y sustancias psicoactivas, de forma directa o a través de terceros, en cualquier momento o cuando existan razones para sospechar de abuso y/o consumo de las mismas por parte del trabajador.
  • No se permite fumar en las oficinas o instalaciones cerradas de la compañía, así como en las áreas donde haya riesgo de incendio o explosión. En TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S, se respira un ambiente libre de humo de tabaco.
  • Promover e implementar actividades para fomentar estilos de vida saludable y la prevención en torno al consumo de tabaco, alcohol y sustancias psicoactivas.

Las anteriores disposiciones se encuentran enmarcadas dentro de lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo y, por lo tanto, ante su incumplimiento, se aplicarán las sanciones respectivas.

Esta Política publíquese, comuníquese y cúmplase con empleados, visitantes, contratistas, subcontratistas, clientes y demás partes interesadas.

TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S.

NIT 800.059.139-1

Representante Legal.

Fecha: Abril de 2019

POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL

TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S, compañía dedicada al transporte de mercancía por carretera a nivel de la Costa Atlántica, declara su compromiso y el de sus conductores de cumplir con los requisitos legales vigentes(Código Nacional de Tránsito, ley 769 de 2002, reforma Código Nacional de Tránsito, ley 1383 de 2010, resolución 1282 del 30 de marzo de 2012, entre otros), en especial las que rigen al sector económico al que se dedica; establecer actividades de promoción y prevención de accidentes de tránsito y mejora continua con su implementación. 

La Organización se compromete a establecer actividades de promoción y prevención acordes con los requisitos legales para el uso y operación de vehículos automotores y medios de transporte, fomentando buenas prácticas en materia de seguridad vial.

Para su cumplimiento se dispone a:

– Velar por el desempeño óptimo de los vehículos, gestionando los mantenimientos preventivos y correctivos.

– Generar estrategias para que los colaboradores asuman conductas seguras en las vías a través del fortalecimiento de las competencias.

– Establecer medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños al individuo o a terceros.

El control se enfatizará sobre las siguientes conductas:

  • Embriaguez: Programa para la prevención y el control sobre el alcohol y sustancias psicoactivas.
  • Regulación de la Velocidad.
  • Uso restringido de equipos de comunicación móviles
  • Maniobras peligrosas.
  • Uso del cinturón de seguridad.
  • Uso de los elementos de protección.
  • Cumplimiento de las normas de tránsito.

Esta Política publíquese, comuníquese y cúmplase con empleados, visitantes, contratistas, subcontratistas, clientes y demás partes interesadas.

TRANSPORTES MARIO ACOSTA S.A.S.

NIT 800.059.139-1

Representante Legal.

Fecha: Abril de 2019